Novedades Legales – No. 3 de 2023 – Noticias de interés
Explicamos las principales noticias de interés en normas, jurisprudencia y doctrina. En esta oportunidad tratamos importantes novedades en temas tributarios, societarios e inmobiliarios.

Noticias de interés – Noviembre de 2023
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Consejo de Estado anula concepto de la DIAN que consideraba que en los aportes en especie no se transfería el término de posesión a la sociedad receptora del mismo.
En el Concepto No. 1909 [019349] de 2019, la DIAN señalaba que el término de posesión de un aporte en especie no se trasladaba a la sociedad receptora. El Consejo de Estado anuló dicho concepto al considerar que los atributos fiscales de los activos, entre los cuales se encuentra el término de posesión, deben ser conservados en la sociedad receptora.
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La DIAN profirió concepto por el cual la condonación de una deuda da lugar a una ganancia ocasional.
En el Concepto No. 001669 de 2018, la DIAN señaló que para el deudor condonado se generaba un ingreso, el cual debía ser tratado como ordinario o extraordinario según la situación particular. Ahora, en el Concepto No. 100208192 de 2023 la DIAN precisó que en la medida en que la condonación es un acto gratuito, los ingresos por dicho acto deben considerarse constitutivos de ganancia ocasional.
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La DIAN señaló que la utilidad en la enajenación de predios para proyectos VIP y VIS constituirá renta, sin importar el término de posesión del predio.
En el Concepto No. 100202208-1497 de 2023, la DIAN consideró que, si bien el impuesto sobre la renta y de ganancias ocasionales son un solo tributo, las exenciones de renta no son aplicables al impuesto de ganancias ocasionales. Con base en lo anterior, la DIAN manifestó que, independientemente del término de posesión del predio, la utilidad en la enajenación de predios para proyectos VIP y VIS constituirá renta ordinaria para tomar el beneficio de renta exenta del artículo 235-2 del Estatuto Tributario.
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Consejo de Estado anula conceptos de la DIAN que prohibían fraccionar en distintos años gravables el descuento de IVA pagado por activos fijos.
En los Conceptos No. 907362 de 2021 y No. 90112 de 2022, la DIAN señaló que el descuento de IVA pagado por la adquisición, construcción o formación e importación de activos fijos reales productivos no podía fraccionarse, pues esta posibilidad no estaba contemplada en el artículo 258-1 del Estatuto Tributario. En la Sentencia 26344 de 2023, el Consejo de Estado consideró que dicha posición podría significar que los contribuyentes no pudieran aprovechar totalmente este incentivo. De esta forma, el Consejo de Estado anuló los conceptos de la DIAN en el sentido de que el contexto y la finalidad de la norma permitían que el descuento fuera tomado el año del pago o en los periodos gravables siguientes, sin el contribuyente tener que elegir una u otra opción.
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La DIAN conceptuó que aportar bienes a una sociedad con una fracción a prima en colocación de acciones podría considerarse abusivo.
En el Concepto No. 100202208-1670 de 2023, la DIAN analizó un caso hipotético en el cual un accionista aportaba un inmueble a una sociedad, el cual se imputaba en su mayoría a la prima en colocación de acciones. Lo anterior disminuía significativamente su base gravable de impuesto al patrimonio al poder tomar el valor intrínseco de las acciones recibidas vs el valor original del inmueble. De esta forma, la DIAN concluyó que esta operación puede ser abusiva a la luz del artículo 869 del Estatuto Tributario si el contribuyente no tiene un propósito económico o comercial.
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Se presentó proyecto de ley para disminución de términos de devolución de saldos a favor.
El 9 de octubre de 2023 se presentó proyecto de ley para modificar el artículo 855 del Estatuto Tributario, el cual regula los términos con los que cuenta la DIAN para devolver los saldos a favor a los contribuyentes. Entre las modificaciones principales se encuentran las siguientes: (i) la reducción del término de devolución de 50 días a 30 días para los saldos a favor en renta y (ii) la devolución automática en renta sin solicitud previa con el cumplimiento de ciertos requisitos, para lo cual la DIAN deberá habilitar la opción de solicitar el saldo a favor en el formulario de la declaración.
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La DIAN expidió la Resolución No. 8742 de 2023 mediante la cual reglamenta el registro de contratos de importación de tecnología
Para la deducción de los gastos procedentes de contratos de importación se debe acreditar el registro del mismo ante la DIAN, lo cual anteriormente estaba regulado por la Resolución 62 de 2014. En la nueva Resolución No. 8742 de 2023 se introdujeron modificaciones importantes como son: (i) introducción de 8 días hábiles para la DIAN para la revisión de la solicitud de registro, (ii) explicación de motivos si la solicitud es rechazada y (iii) el registro del contrato estará vigente desde la fecha de suscripción o modificación del contrato.